domingo, 5 de septiembre de 2021

LO QUE NECESITAS SABER SOBRE LAS MIPYMES EN CUBA

Por: Lic. Idael Bornot Sánchez

SUNARIO

¿Qué significa MIPYMES?

¿Qué son las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES)?

¿Qué normas jurídicas regulan las MIPYMES en Cuba?

¿Qué tipos de MIPYMES se pueden crear en Cuba?

¿Qué define que sea micro, pequeña o mediana una empresa de este tipo?

¿Qué autonomía tienen las MIPYMES?

¿Quiénes pueden ser socios de una MIPYME privada?

¿Qué forma legal adoptan las MIPYMES en Cuba?

¿Cuál es el objeto social de una MIPYME?

¿Qué actividades económicas pueden integrar el objeto social de una MIPYME?

¿Cuál es el procedimiento para la creación de una MIPYME privada en Cuba?

¿Qué significa que la creación de las MIPYMES será gradual?

¿Qué son los Estatutos Sociales de las MIPYMES?

¿Qué es el capital social de la empresa y cómo se forma?

¿Qué son las participaciones sociales?

¿Qué características poseen las participaciones sociales de una MIPYME en Cuba?

¿Qué son las aportaciones al capital social?

¿Qué derechos tienen los socios de una MIPYME?

¿A qué está condicionado el ejercicio de los derechos de los socios?

¿Puede trasmitirse la condición de socio de una MIPYME en Cuba?

¿Qué pasa si fallece un socio de una MIPYME en Cuba?

¿Cuáles son los órganos sociales de una MIPYME?

¿Cómo se realiza la distribución de utilidades en una MIPYME?

¿Cómo debe llevar la contabilidad una MIPYME?

¿Cómo se resuelven los conflictos que surjan en las MIPYMES?

¿Cómo se extingue una MIPYME en Cuba?

¿Qué sucede cuando se disuelve una MIPYME?

¿Qué tributos deben pagar las MIPYMES en Cuba?

 


A continuación, mediante preguntas y respuestas, se exponen los aspectos fundamentales sobre las MIPYMES en Cuba, tal como están regulados en la legislación correspondiente.

¿Qué significa MIPYMES?

Es una especie de sigla o acrónimo que significa “micro, pequeñas y medianas empresas”

¿Qué son las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES)?

Son unidades económicas con personalidad jurídica que tienen como objeto desarrollar la producción de bienes y la prestación de servicios que satisfagan necesidades de la sociedad.

Es decir, son entidades económicas, empresas, cuya dimensión es micro, pequeña o mediana.

¿Qué normas jurídicas regulan las MIPYMES en Cuba?

La norma jurídica básica es el Decreto-Ley No. 46 de fecha 6 de agosto de 2021, que fue publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 94 de fecha 19 de agosto de 2021 y que entrará en vigor el 20 de septiembre de 2021.

Además, el Decreto No. 49 del 2021 que define las actividades que pueden realizar estas empresas, la Resolución 63/2021 del Ministerio de Economía y Planificación que contiene el Procedimiento para la creación, fusión, escisión y extinción de las mismas y varias Resoluciones de diversos organismos publicadas en esa misma Gaceta, que regulan las cuestiones bancarias, tributarias, contables y financieras relacionadas con ellas.

¿Qué tipos de MIPYMES se pueden crear en Cuba?

Tres tipos: estatales, privadas y mixtas.

Las estatales son de propiedad estatal y sus socios deben ser personas jurídicas estatales. Las privadas son constituidas por personas naturales cubanas. Mientras que las mixtas pueden ser creadas por personas naturales y jurídicas a la vez.

¿Qué define que sea micro, pequeña o mediana una empresa de este tipo?

Lo que define la dimensión de estas empresas es la cantidad de ocupados de las mismas, es decir, la cantidad de socios y trabajadores que posean:

Micro empresa: cuyo rango de ocupados es de 1 a 10 personas.

Pequeña empresa: cuyo rango de ocupados es de 11 a 35 personas.

Mediana empresa: cuyo rango de ocupados es de 36 a 100 personas

¿Qué autonomía tienen las MIPYMES?

Las MIPYMES tendrán autonomía para:

Exportar e importar de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente

Gestionar y administrar sus bienes

Definir los productos y servicios a comercializar, así como sus proveedores, clientes, destinos e inserción en mercados

Operar cuentas bancarias y acceder a cualquier fuente lícita de financiamiento

Fijar los precios de sus servicios y bienes excepto aquellos que sean de aprobación centralizada

Definir su estructura, plantilla y cantidad de trabajadores

Determinar los ingresos de sus trabajadores respetando los mínimos salariales establecidos en la legislación laboral vigente

Realizar las inversiones que se requieran para el desarrollo de la MIPYME, cumpliendo lo establecido en la legislación vigente;

Crear establecimientos que no tengan personalidad jurídica, dentro o fuera de la provincia donde radica su domicilio social; y

Otras que se deriven de la legislación vigente

¿Quiénes pueden ser socios de una MIPYME privada?

Las personas naturales residentes permanentes en Cuba, mayores de 18 años, que no sean socios de otra MIPYME ni desempeñarse como cuadro o funcionario del Estado o del Gobierno u ocupar cargos electivos con carácter profesional en un órgano estatal.

Esto implica que una persona natural solo puede ser socio de una sola MIPYME a la vez. Esto tiene el propósito de limitar la concentración de la propiedad y las riquezas en las personas naturales, algo típico del sistema económico socialista existente en Cuba.

¿Qué forma legal adoptan las MIPYMES en Cuba?

Se constituyen como “Sociedades de Responsabilidad Limitada”. Es decir como  sociedad mercantil, con personalidad jurídica propia, cuyo capital está dividido en participaciones sociales y está integrado por las aportaciones de todos los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales.

(Para más información sobre las Sociedades de Responsabilidad Limitada, consulte el artículo: ¿Qué es una Sociedad deResponsabilidad Limitada?)

¿Cuál es el objeto social de una MIPYME?

El objeto social es el conjunto de actividades económicas a las que se va a dedicar una empresa, ya sea de producción o de prestación de servicios.

Una MIPYME puede incluir en su objeto social varias actividades económicas.

Los socios son los que deciden el objeto social de la MIPYME definiéndolo en los Estatutos de la empresa.

¿Qué actividades económicas pueden integrar el objeto social de una MIPYME?    

Cualquier actividad económica considerada lícita. En este sentido se consideran lícitas las que no estén prohibidas expresamente en la ley.

El Clasificador Nacional de Actividades Económicas que publica la Oficina Nacional de estadística e Información hace referencia a todas las actividades económicas que se pueden desarrollar en Cuba mientras que el Decreto No. 49/2021 del Consejo de Ministros, especifica las actividades prohibidas para las MIPYMES.

¿Cuál es el procedimiento para la creación de una MIPYME privada en Cuba?

Se puede resumir el procedimiento en los siguientes pasos:

1. Gestiones previas por los socios (denominación de la empresa, confección de los Estatutos Sociales, designación del socio representante, etc)

2. Autorización otorgada por el Ministerio de Economía y Planificación para la  creación de la empresa (mediante la plataforma de internet habilitada al efecto)

3. Aportación del capital social por los socios mediante depósito en cuenta bancaria de Depósito a la Vista habilitada para ello

4. Constitución de la empresa mediante Escritura ante Notario Público

5. Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil (así adquiere personalidad jurídica)

6. Inscripción de la empresa en el Registro de Contribuyentes de la ONAT

7. Apertura de la cuenta corriente de la empresa en el Banco correspondiente

8. Obtención de los permisos y Licencias específicas de acuerdo a la actividad económica a desarrollarse por la empresa (licencia sanitaria, ambiental, comercial, etc)

¿Qué significa que la creación de las MIPYMES será gradual?

El Ministerio de Economía y Planificación es quien convoca la creación de las MIPYMES por sector o actividad. Es decir, que solo se puede solicitar la creación de MIPYMES que se dediquen a las actividades económicas incluidas en la convocatoria de dicho Ministerio.

La primera convocatoria incluirá actividades de producción manufacturera de alimentos, de base tecnológica, de economía circular, proyectos de desarrollo local y otras.

¿Qué son los Estatutos Sociales de las MIPYMES?

Los Estatutos Sociales son la norma que rige el funcionamiento interno de la empresa, algo así como un reglamento interno general que confeccionado por los propios socios y que debe contener lo siguiente:  

Denominación de la empresa

Objeto social de la empresa

Duración de la empresa (determinada o indeterminada)

Fecha de cierre del ejercicio social

Domicilio social

Capital social, participaciones sociales y aportaciones de los socios

Órganos de dirección, administración y fiscalización de la empresa

Forma de adopción de los acuerdos

Reglas para la distribución de las utilidades y el manejo de las pérdidas

Procedimientos de disolución y liquidación de la MIPYME

Otras cuestiones facultad de los socios que no sean de carácter imperativo y que no contravengan el ordenamiento jurídico vigente.

¿Qué es el capital social de la empresa y cómo se forma?

El capital social es el conjunto de dinero, bienes y derechos que posee la empresa para desarrollar su negocio.

El capital social se forma a partir de las aportaciones realizadas por los socios fundadores y luego puede incrementarse o disminuirse por acuerdo de los socios conforme a lo dispuesto en los Estatutos Sociales de la empresa.  

O sea, que al crearse una MIPYME los socios fundadores deben aportar la totalidad del capital social que esta empresa necesita para el inicio de sus actividades.

La ley no exige un capital social mínimo pero sin dudas este debe estar en correspondencia con la actividad económica a desarrollarse.

¿Qué son las participaciones sociales? 

Las MIPYMES se constituyen como sociedades mercantiles (capitalistas), específicamente como sociedades de responsabilidad limitada.

En este tipo de sociedades mercantiles, el capital social de la empresa (el conjunto de dinero, bienes y derechos aportados por los socios), se divide en “participaciones sociales”, las cuales tienen el mismo valor nominal, son indivisibles y acumulables.

Por ejemplo: La Empresa FUTURO S.R.L. tiene un capital social ascendente a $1000000.00 CUP. Este capital puede ser dividido en 50 participaciones de $20000.00 CUP cada una o  en 100 participaciones de $10000.00 cada una o en 20 participaciones de $50000.00 CUP cada una, etc.

¿Qué características poseen las participaciones sociales de una MIPYME en Cuba?

1. Son iguales: porque todas las que integran el capital social deben tener el mismo valor nominal y porque atribuyen a sus titulares los mismos derechos. O sea, que cada participación le da al socio que la posea los mismos derechos que las demás. De manera que en Cuba no se pueden crear participaciones privilegiadas.

2. Son indivisibles: porque cada participación debe ser aportada de manera  íntegra. No se puede aportar una fracción de una participación. Y las participaciones no se pueden dividir aunque sí se puede incrementar o disminuir su valor.

3. Son acumulables: porque un mismo socio puede tener varias participaciones a la vez.

4. No son títulos-valores: las participaciones sociales en las sociedades limitadas no están incorporadas a documentos financieros que pueden ser objeto de comercio o de operaciones bursátiles. A los socios se les entrega un Certificado de Participación que acredita las participaciones que posee, pero que solo tiene efectos informativos.

¿Qué son las aportaciones al capital social?

La aportación es el acto mediante el cual una persona se convierte en socio de una empresa al contribuir con el capital social de la misma.

Las aportaciones pueden ser en dinero, en bienes o en derechos patrimoniales, pero nunca en trabajo o servicios.

Dado el carácter indivisible de las participaciones sociales, las aportaciones de los socios deben ser en correspondencia con el valor nominal de estas. Esto significa que el valor de la aportación de un socio debe cubrir íntegramente el valor de una o varias participaciones sociales.

Por ejemplo: Si la Empresa “Fernández & Socios S.R.L.”  posee un capital social de $500000.00 CUP dividido en 25 participaciones sociales de $20000.00 CUP cada una, entonces, para ser socio de la misma hay que aportar dinero, bienes o derechos que cubran como mínimo $20000.00 CUP, para de esa manera ser propietario de al menos una de las 25 participaciones de la empresa. O se puede aportar $40000.00 CUP para adquirir dos participaciones, o $60000.00 para adquirir tres y así sucesivamente. Así mismo, un socio puede aportar una nevera valorada en $10000.00 CUP y $10000.00 CUP en efectivo.

¿Qué derechos tienen los socios de una MIPYME?

Los socios de una MIPYME poseen al menos los siguientes derechos:

Participar en el reparto de las utilidades y en el patrimonio resultante de la liquidación

Adquisición preferente en la creación de nuevas participaciones sociales

Ser informado de los asuntos relacionados con la MIPYME

Asistir y votar en las Juntas Generales de Socios

Impugnar los acuerdos sociales.

¿A qué está condicionado el ejercicio de los derechos de los socios?

Todos los socios tienen los mismos derechos pero su ejercicio está condicionado a la cantidad de participaciones de cada uno.

Por ejemplo: todos los socios tienen derecho a participar en las utilidades de la empresa, pero la cantidad de utilidades o ganancias que va a recibir cada uno dependerá de la cantidad de participaciones sociales que posea. De manera que el que sea titular de tres participaciones va a recibir más ganancias que el que solo posee una participación.

De la misma manera, todos los socios tienen derecho al voto en Junta General, pero cada uno tendrá tantos votos como participaciones posea: el que posee dos participaciones tiene derecho a dos votos mientras que el que posea solo una tiene un solo voto,

¿Puede trasmitirse la condición de socio de una MIPYME en Cuba?

Sí puede trasmitirse, de manera gratuita (donación) u onerosa (compraventa). Es decir que un socio puede donar o vender su condición de socio de una MIPYME, pero deben cumplirse los siguientes requisitos:

- Los demás socios tienen derecho de adquisición preferente: esto significa que cuando un socio pretenda trasmitir su condición debe proponer dicha trasmisión primero a los demás socios y solo si ninguno de estos está interesado en adquirir sus participaciones, es que puede trasmitirlas a una tercera persona ajena a la empresa.

- Se necesita el consentimiento de los demás socios: independientemente de que a los demás socios no les interese ejercer su derecho de adquisición preferente, de todas formas, los mismos deben aprobar al nuevo socio

- La trasmisión debe hacerse siempre mediante Escritura Notarial.

- Lo que se puede trasmitir es la condición de socio y no las participaciones individuales: esto significa que si un socio tiene varias participaciones en una MIPYME no puede trasmitir una o varias de ellas y quedarse con otras y su trasmite su condición de socio se incluyen todas sus participaciones en dicha trasmisión.

¿Qué pasa si fallece un socio de una MIPYME en Cuba?

Si fallece un socio de una MIPYME, su condición se trasmite a sus herederos conforme a la legislación vigente en la materia. Si no hubiera herederos, los demás socios pueden adquirir las participaciones del fallecido, conforme a las reglas que se definan en los Estatutos de la empresa.

¿Cuáles son los órganos sociales de una MIPYME?

Los órganos sociales de una MIPYME son los siguientes:

- La Junta General de Socios; se integra por todos los socios de la empresa y es el máximo órgano de dirección de la MIPYME y en consecuencia decide, entre otras cosas: la aprobación de los balances y el reparto de las utilidades, la aprobación de nuevos socios, incremento o disminución del capital social, modificación de los Estatutos Sociales, el nombramiento de los administradores, la transformación y disolución de la empresa.

- El Órgano de Administración: se integra por uno o varios administradores, temporales y revocables, quienes pueden ser socios o no, que son designados por la Junta General y que tienen a su cargo la gestión y la representación de la empresa.

- El Órgano de Control y Fiscalización: se integra por uno o más socios designados por la Junta General y desempeña el control de la gestión de la empresa, realizando verificaciones y comprobaciones.

Los Estatutos Sociales definen la estructura y funcionamiento de estos órganos.

¿Cómo se realiza la distribución de utilidades en una MIPYME?

Al finalizar cada año, el Órgano de Administración presenta a la Junta General de Socios el balance o informe contable en el que se refleja si la empresa obtuvo utilidades o pérdidas.

Si generó utilidades, de ellas se destina un por ciento a las reservas obligatorias y voluntarias y el resto se distribuye entre los socios mediante acuerdo de la Junta General de Socios.

Esta distribución se realiza normalmente en proporción a la participación de cada socio, pero la legislación también permite que se acuerde una distribución a partes iguales entre los socios.   

¿Cómo debe llevar la contabilidad una MIPYME?

Las MIPYMES en Cuba están obligadas a registrar todas sus operaciones contables de acuerdo a las Normas Cubanas de Información Financiera que establece el Ministerio de Finanzas y Precios.

¿Cómo se resuelven los conflictos que surjan en las MIPYMES?

Los conflictos entre los socios y entre estos y la MIPYME se resuelven internamente de acuerdo a lo que al respecto dispongan los Estatutos Sociales, lo cual puede ser conocido por un tribunal competente.

Los conflictos entre las MIPYMES y terceros, se resuelven en la vía judicial pero también por medios alternativos.

¿Cómo se extingue una MIPYME en Cuba?

Una MIPYME en Cuba se puede extinguir por disolución, en los siguientes casos:

Acuerdo de la Junta General de Socios

Vencimiento del plazo de vigencia sin haberse inscrito la prórroga en el Registro

Mercantil

Imposibilidad manifiesta de cumplir el objeto social o por falta de ejercicio de las

actividades que lo integran

Existencia de una discrepancia insuperable entre los socios que conduzca a una situación de inactividad de la Junta General de Socios que afecte las operaciones del negocio

Pérdidas que dejen reducido el patrimonio social a una cantidad inferior a las dos terceras partes del capital social

Agotamiento de las actividades que constituyen su objeto social antes del vencimiento del plazo de vigencia

Por fusión o escisión total según se determine por los socios y de acuerdo con lo establecido en la legislación

Si transcurrido un año de incumplimiento del indicador y rango previsto para las medianas empresas esta no se escinde o no se materializa la asociación con el Estado

Fallecimiento del socio único

Resolución judicial firme

Otras causas previstas en los Estatutos sociales y la legislación vigente.

¿Qué sucede cuando se disuelve una MIPYME?

La disolución paraliza la actividad ordinaria de la MIPYME y da paso al período de liquidación. Durante esta etapa la actividad de la MIPYME va dirigida a cerrar los compromisos contraídos, es decir, el pago de sus deudas.

Durante la liquidación se reparte entre los socios el patrimonio resultante después de haber cobrado los créditos pendientes y haber satisfecho las deudas de la MIPYME a los acreedores.

¿Qué tributos deben pagar las MIPYMES en Cuba?

Las MIPYMES deben efectuar el pago de los siguientes tributos:

- Impuesto sobre Utilidades, aplicando un tipo impositivo del 35 % sobre las utilidades después de descontar las reservas obligatorias. Los gastos deducibles de los ingresos obtenidos en cada año fiscal deben reunir los requisitos de necesidad, contabilización y justificación.

- Impuesto sobre las ventas minoristas o los servicios a la población, aplicando un tipo impositivo del 10 %, sobre el total de los ingresos mensuales obtenidos por el desarrollo de su actividad.

- Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, aplicando un tipo impositivo del 5 % sobre las remuneraciones mensuales pagadas a los empleados.

- Contribución a la Seguridad Social, aplicando un tipo impositivo del 14 % sobre el total de las remuneraciones pagadas al personal contratado, con frecuencia mensual. Se aporta al Presupuesto del Estado el 12,5 % y la MIPYME aprovisiona el 1,5 % restante, para el pago de las prestaciones de la Seguridad Social a corto plazo de los empleados.

- Contribución Territorial para el Desarrollo Local, aplicando un tipo impositivo del 1 %, sobre los ingresos totales obtenidos por el desarrollo de su actividad.

Además, los socios individualmente deben pagar el Impuesto sobre los Ingresos Personales conforme a una escala que se aplica sobre su participación anual en las utilidades de la empresa; así como la Contribución Especial a la Seguridad Social de acuerdo a la escala que se seleccione, si no estuviere afiliado ya como contribuyente.

Los trabajadores o empleados de la MIPYME también deben pagar individualmente esos mismos tributos. 

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