¿Se puede donar una vivienda en Cuba? ¿Cuáles son los requisitos? ¿Cuál es el procedimiento legal? ¿Cualquier vivienda se puede donar? ¿A quién puedo donar mi vivienda? Estas y otras preguntas encuentran respuesta en este artículo.
Sumario
1.
¿Qué es la donación de vivienda?
2.
¿Qué viviendas se pueden donar en Cuba?
3.
¿Quién puede donar una vivienda en Cuba?
4.
¿A quién se puede donar una vivienda en Cuba?
5.
¿Cuáles son los requisitos para donar una vivienda en Cuba?
6.
¿Cuál es el procedimiento para donar una vivienda en Cuba?
7.
¿Qué impuestos se pagan en Cuba por la donación de una vivienda?
8.
¿Se puede revocar una donación de vivienda?
¿Qué es la donación de vivienda?
La
“donación” es un contrato jurídico, es decir es el acto que realiza una persona
mediante el cual traspasa gratuitamente a otra persona la propiedad que posee
sobre algún bien.
Así
que “donar” no es más que regalar algún bien. Mediante la donación, usted se
desprende de algo que es suyo y se lo da a otra persona a cambio de nada.
Por
consiguiente, “donar una vivienda” no es otra cosa que regalar una vivienda a
otra persona. Como regalo al fin es totalmente gratuito, o sea, el donante no
recibe beneficio alguno ni el donatario tiene que dar ni hacer nada, por la
donación.
Cuando
se dona una vivienda lo que se hace es trasmitir a otra persona el derecho de
propiedad que se posee sobre una vivienda determinada.
El
contrato de donación de vivienda tiene como consecuencia legal que el donante
deja de ser el propietario de la vivienda que se dona mientras que el donatario
se convierte en el nuevo propietario de la misma.
¿Qué viviendas se pueden donar en
Cuba?
Se
pueden donar solo las viviendas que consten en propiedad y que sean de
residencia permanente.
No
se pueden donar las viviendas ocupadas en concepto de usufructo, arrendamiento,
vivienda vinculada, medio básico ni las que sean de descanso o veraneo.
Tampoco
se pueden donar las viviendas que no estén legalizadas, es decir que no posean
Título de Propiedad.
Existen
limitaciones también en los casos de viviendas asignadas por el Estado y
aquellas construidas mediante subsidio otorgado por el Gobierno.
¿Quién puede donar una vivienda en
Cuba?
Se
le llama “donante” a la persona que dona. Una vivienda solo puede ser donada
por su propietario.
En
caso de que sean varios copropietarios, la donación puede ser realizada por
todos, por algunos o por uno de los propietarios, pero en estos dos últimos
casos, la donación no sería de toda la vivienda sino de la parte que
corresponde al donante, ya que en definitiva lo que se dona es el derecho de propiedad que se posee
sobre una vivienda.
¿A quién se puede donar una
vivienda en Cuba?
La
persona que recibe la donación, que se beneficia de ella, se llama “donatario”.
En
Cuba cualquier persona puede ser donataria de una vivienda, o sea, cualquier
persona puede recibir una vivienda en donación, incluso si esta es menor de
edad o si no es familia del donante. Lo que la ley prevé son tratamientos
diferentes para estos casos.
Si
el donatario, es decir, el que recibe la vivienda en donación, no es familiar
del donante dentro del cuarto grado de consanguinidad, entonces debe pagar más
impuestos porque el 4 % se paga sobre la base del valor referencial que la ley
determina y no sobre la base del valor legal de la vivienda como sucede cuando
donante y donatario son familia.
No
obstante, en la práctica, los Notarios han recibido Indicaciones del Ministerio
de Justicia que limitan la donación de viviendas a personas que no sean
parientes, como casos excepcionales y bien argumentados a satisfacción del
Notario, ya que la realidad es que la mayoría de las personas realizaba una
donación cuando en realidad se trataba de una compraventa con el fin de agilizar
los trámites y para evadir el pago de impuestos pues en la compraventa pagan
tanto el vendedor como el comprador, mientras que en la donación solo paga
impuesto el donatario. Pero, seamos claros ¿quién regala una casa a alguien que
no sea familia? La verdad es que solo pasa en casos excepcionales.
¿Cuáles son los requisitos para
donar una vivienda en Cuba?
Solo
dos: que el Título de Propiedad de la vivienda se encuentre actualizado e
inscripto en el Registro de la Propiedad.
¿Cuál es el procedimiento para
donar una vivienda en Cuba?
Es
muy sencillo: solo deben acudir el donante y el donatario ante un Notario, con
sus Carné de Identidad y el Título de Propiedad de la vivienda, y formalizar el
Contrato de Donación. Hecho esto, el donatario debe efectuar el pago del
Impuesto correspondiente, y finalmente inscribir su Título en el Registro de
Propiedad.
El trámite solo cuesta $ 35.00 CUP de arancel notarial y dos sellos timbrados de $ 5.00 CUP cada uno.
¿Qué impuestos se pagan en Cuba por
la donación de una vivienda?
En
el caso de las donaciones, solo el donatario debe pagar el Impuesto sobre Trasmisión
de Bienes y Herencias. El donante no paga Impuesto en estos casos.
El Impuesto
es del 4 % del valor legal de la vivienda si el donante y el donatario son
familia hasta el cuarto grado de consanguinidad y del valor referencial de la
vivienda en los demás casos.
¿Se puede revocar una donación de
vivienda?
La
donación es irrevocable, o sea, después que una persona dona una vivienda deja
de ser su propietario y pierde cualquier derecho sobre la misma.
Ahora
bien, como cualquier otro contrato, puede ser anulado por causas muy específicas
que establece la ley, entre ellas, las que se conocen como “vicios en el
consentimiento” que se refieren a esas situaciones en las que una persona
realiza un acto jurídico, en este caso una donación, por error, siendo víctima
de un fraude o engaño, o bajo amenaza o coacción. Pero en estos casos la
anulación debe reclamarse ante el Tribunal antes que pasen 6 meses a partir de
realizada la donación.
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