jueves, 26 de marzo de 2026

Filial, Sucursal y Oficina de Representación: ¿en qué se diferencian?

 Cuando una empresa extranjera decide establecerse en Cuba, puede hacerlo de distintas formas. Aunque a veces se confunden, filial, sucursal y oficina de representación son figuras muy diferentes. Entenderlas es clave para definir la estrategia empresarial adecuada.

Filial

Una filial es una empresa creada en Cuba, con personalidad jurídica propia, pero cuyo capital pertenece total o mayoritariamente a una compañía extranjera.

  • Tiene su propio patrimonio y puede contratar personal, abrir tiendas, importar y exportar.
  • Aunque la matriz sea dueña, la filial funciona como una empresa cubana independiente.

Ejemplo práctico:
Una compañía panameña de energías renovables crea SolarCuba S.A. en La Habana. Esta filial abre tiendas minoristas de paneles solares, contrata técnicos cubanos y ofrece servicios de instalación y mantenimiento. Aunque la matriz en Panamá sea la propietaria, SolarCuba responde como empresa cubana.

Sucursal

Una sucursal es una extensión directa de la empresa extranjera.

  • No tiene personalidad jurídica propia ni patrimonio independiente.
  • Actúa en nombre de la matriz y todas sus obligaciones recaen directamente sobre ella.

Ejemplo práctico:
Una empresa mexicana de software abre una sucursal en Cuba para vender licencias y dar soporte técnico. Los contratos se firman en nombre de la matriz en México, y cualquier deuda o litigio afecta directamente a la empresa madre.

Oficina de Representación

La oficina de representación es la forma más limitada de presencia.

  • No puede realizar operaciones comerciales propias.
  • Su función es promocional: mostrar productos, asesorar clientes, tramitar ofertas y dar seguimiento a contratos que se firman con la matriz.

Ejemplo práctico:
Una multinacional alemana de maquinaria agrícola abre una oficina de representación en La Habana. Allí se presentan catálogos, se coordinan reuniones y se gestionan contratos, pero las ventas se realizan directamente entre la matriz en Alemania y las empresas cubanas.

Comparación rápida

Figura

¿Tiene personalidad jurídica en Cuba?

¿Puede vender directamente en Cuba?

¿Quién responde por las obligaciones?

Filial

Sí, es una empresa cubana independiente

La propia filial

Sucursal

No, depende de la matriz

Sí, en nombre de la matriz

La matriz extranjera

Oficina de representación

No

No

La matriz extranjera

Conclusión

  • Filial: ideal para empresas que quieren operar plenamente en Cuba, con tiendas, servicios y producción.
  • Sucursal: adecuada para compañías que desean vender directamente, pero manteniendo todo bajo la responsabilidad de la matriz.
  • Oficina de representación: útil para quienes solo buscan presencia institucional y promoción, sin operaciones comerciales propias.

viernes, 6 de marzo de 2026

Asociación entre Empresas Estatales y Privadas en Cuba: Nuevas Normas

 El 3 de marzo de 2026 fueron publicadas en la Gaceta Oficial de Cuba dos normas clave que marcan un hito en la articulación entre el sector estatal y el no estatal:

  • Decreto-Ley 114/2025: Regula las formas de asociación entre entidades empresariales estatales y no estatales.
  • Resolución 8/2026 del Ministerio de Economía y Planificación (MEP): Establece el procedimiento para evaluar y aprobar dichas asociaciones.

¿Quiénes pueden asociarse?

Las asociaciones pueden darse entre:

Entidades estatales:

  • Empresas estatales
  • MIPYMES estatales
  • Sociedades Anónimas 100% cubanas
  • Unidades presupuestadas con tratamiento especial

Entidades no estatales:

  • MIPYMES privadas
  • Cooperativas agropecuarias y no agropecuarias

Modalidades de asociación

La norma reconoce dos grandes vías:

1. Sociedades de Responsabilidad Limitada Mixtas (SRL Mixtas)

Estas pueden surgir por:

  • Constitución: Creación de una nueva sociedad con aportes de ambas partes.
  • Adquisición de participaciones: Una entidad estatal se incorpora como socia de una empresa privada.
  • Fusión: Dos o más sociedades se extinguen y forman una nueva.
  • Absorción: Una sociedad estatal absorbe una privada.

Las SRL mixtas gozan de autonomía para importar, exportar, operar cuentas en divisas, definir estructura laboral y contratar libremente.

2. Contratos de Asociación Económica

Son acuerdos entre entidades estatales y privadas sin crear una nueva persona jurídica.
Permiten acumular aportaciones, formar fondos comunes y pactar libremente cláusulas, siempre dentro del marco legal.

Procedimiento de aprobación

  • La solicitud se presenta ante el MEP, que consulta al Instituto de Actores Económicos No Estatales y otras entidades.
  • El plazo general de evaluación es de 30 días naturales, ampliable a 60 días si se involucran bienes de propiedad socialista.
  • La aprobación se formaliza mediante escritura notarial e inscripción en el Registro Mercantil.

 

 

sábado, 28 de febrero de 2026

El Impuesto sobre Ingresos Personales de los Socios de las MIPYMES en Cuba

 Uno de los aspectos más importantes en la gestión de una mipyme es conocer las obligaciones tributarias de sus socios. Entre ellas, destaca el Impuesto sobre Ingresos Personales (ISIP), que grava los dividendos recibidos por quienes tienen participación en el capital de la empresa.

¿Qué grava este impuesto?

La base imponible está constituida por los dividendos devengados en la distribución de utilidades de la mipyme.

Antes de calcular el impuesto, se descuentan dos elementos clave:

  • La Contribución Especial a la Seguridad Social
  • El mínimo exento de 39,120 CUP

Esto significa que el socio no tributa sobre la totalidad de los dividendos, sino sobre el monto neto después de aplicar estas deducciones.

Escala progresiva aplicable

El impue se calcula según una escala progresiva:

Ingresos

Tipo Impositivo

Hasta 75,000 CUP

        3 %

75,000 – 150,000 CUP

        5 %

150,000 – 250,000 CUP

        10 %

250,000 – 350,000 CUP

        15 %

Más de 350,000 CUP

        20 %

De esta forma, mientras mayores sean los dividendos, mayor será el porcentaje de impuesto a pagar.

Forma y plazos de pago

  • Declaración Jurada (DJ): El pago se realiza de manera anual, mediante DJ, hasta el 30 de abril.
  • Bonificación por pronto pago: Si se presenta antes del 28 de febrero, se aplica una bonificación del 5%.
  • Distribución anticipada de utilidades: En caso de recibir utilidades de forma anticipada, se paga un 5% adelantado, que luego se descuenta en la liquidación anual.
  • Independencia respecto al salario: Los dividendos que recibe el socio no tienen nada que ver con el salario que este reciba si es trabajador de la empresa también, y por tanto el Impuesto sobre Ingresos Personales que paga sobre los dividendos es independiente al Impuesto sobre los Ingresos Personales que paga sobre la base del salario recibido y que la empresa le descuenta por nómina en ocasión del pago de salario.

Ejemplo de cálculo del Impuesto sobre Ingresos Personales (IIP)

Datos iniciales:

  • Dividendos recibidos al cierre del ejercicio: 250,000 CUP
  • Distribución anticipada de utilidades durante el año: 50,000 CUP
  • Pago a cuenta de impuesto sobre esos dividendos: 5% = 2,500 CUP
  • Contribución Especial a la Seguridad Social pagada por el socio: 1,600 CUP
  • Mínimo exento: 39,120 CUP

Paso 1: Determinar la base imponible

  1. Dividendos totales: 250,000 CUP
  2. Restar Contribución Especial a la Seguridad Social:
    (250,000 - 1,600 = 248,400) CUP
  3. Restar mínimo exento:
    (248,400 - 39,120 = 209,280) CUP

Base imponible final: 209,280 CUP

Paso 2: Determinar el impuesto a pagar

Para ello aplicamos la escala progresiva:

Segmento escala

Importe

Tipo Impositivo

A pagar

Hasta 75,000

75000

3%

2,250.00

De 75,000 a 150,000

75000

5%

3,750.00

De 150,000 a 250,000

59280

10%

5,928.00



Total

11,928.00

Impuesto a pagar: 11,928 CUP

 Paso 3: Liquidación

El socio ya había pagado 2,500 CUP en concepto de distribución anticipada de utilidades.

  • Impuesto total según escala: 11,928 CUP
  • Pago anticipado: 2,500 CUP
  • Diferencia a pagar en la liquidación anual:
    (11,928 - 2,500 = 9,428) CUP)

Importe a liquidar: 9,428 CUP

jueves, 26 de febrero de 2026

Promoción digital, comercio electrónico y servicios de comercio electrónico: tres conceptos que conviene distinguir

 En el ecosistema digital actual, es común que se confundan términos relacionados con la venta en línea. En especial ahora que se han dado a conocer nuevas normas jurídicas en Cuba sobre el comercio electrónico con pago en o desde el exterior.

Sin embargo, diferenciar entre promoción digital, comercio electrónico y servicios de comercio electrónico es clave para comprender cómo funcionan las estrategias y plataformas en Cuba.

1. Promoción digital como estrategia de marketing

La promoción digital consiste en mostrar y difundir productos o servicios a través de internet, utilizando redes sociales, mensajería instantánea o sitios web. Su objetivo es atraer clientes, generar interés y facilitar la comunicación, pero no necesariamente cerrar la transacción en línea.

  • Ejemplo práctico: un emprendimiento que publica su catálogo en Facebook o WhatsApp, recibe pedidos por mensaje y coordina el pago en efectivo o por transferencia bancaria fuera de la plataforma. Aquí hablamos de marketing digital, no de comercio electrónico completo.

2. Comercio electrónico como actividad comercial

El comercio electrónico implica que la transacción completa se realiza en línea: desde la promoción y selección del producto, hasta la facturación, el pago digital, la entrega y los servicios posventa.

  • Ejemplo práctico: una tienda virtual en la que el cliente puede registrarse, elegir productos, pagar con tarjeta o billetera electrónica dentro de la plataforma, recibir confirmación automática y hacer seguimiento del pedido. En este caso, la compra-venta se cierra íntegramente en internet.

3. Servicios de comercio electrónico

Este concepto se refiere a la actividad de los operadores de plataformas digitales que ponen a disposición de terceros la infraestructura tecnológica para que puedan vender en línea.

  • Ejemplo práctico: una empresa que desarrolla y administra un marketplace nacional, ofreciendo pasarela de pago, logística integrada y soporte técnico. Los vendedores se registran en esa plataforma y comercializan sus productos a través de ella, mientras el operador obtiene ingresos por comisiones o servicios.

Conclusión

  • Promoción digital: escaparate en línea, sin transacción cerrada en la plataforma.
  • Comercio electrónico: venta completa en internet, con pago digital y servicios posventa.
  • Servicios de comercio electrónico: operación de plataformas que permiten a terceros realizar comercio electrónico.

martes, 10 de febrero de 2026

El Impuesto sobre Utilidades en las MIPYMES privadas de Cuba (+ Ejemplo práctico y enlace a DJ)

El Impuesto sobre Utilidades es uno de los tributos más relevantes que deben cumplir las MIPYMES privadas en Cuba, pues grava directamente las ganancias obtenidas por la actividad empresarial. Su correcta gestión es esencial para mantener la legalidad y la sostenibilidad financiera de cualquier negocio.

Base Imponible

La base imponible se determina a partir de los ingresos brutos mensuales obtenidos por la realización del objeto social, deduciendo los gastos necesarios, contabilizados y justificados.

“Utilidad = Ingresos – Gastos Deducibles”

Antes de aplicar el impuesto, se descuenta la Reserva para Pérdidas y Contingencias de las utilidades brutas.

Tipo Impositivo

El tipo o tasa impositiva del Impuesto sobre Utilidades es del 35 % sobre la utilidad fiscal.

Forma de Pago

  • Trimestral: Se realizan pagos a cuenta cada tres meses.
  • Anual: La liquidación definitiva se efectúa mediante la Declaración Jurada (DJ), presentada hasta el 31 de marzo del año siguiente.

En caso de que el importe anual resulte inferior a lo pagado a cuenta, procede la devolución o compensación.

Ejemplo práctico del cálculo del Impuesto sobre Utilidades en una MIPYME (Periodo Fiscal 2025)

Supongamos una MIPYME que en el año fiscal 2025 presenta los siguientes resultados:

  • Ingresos brutos anuales: 12,000,000 CUP
  • Costos y gastos deducibles: 7,500,000 CUP
  • Pagos trimestrales a cuenta del impuesto sobre utilidades: 950,000 CUP

Paso 1: Determinación de la utilidad bruta

Se restan los gastos deducibles del período de los ingresos bruos obtenidos y el resultado con las utilidades brutas del período:

12,000,000 - 7,500,000 = 4,500,000 , CUP

Paso 2: Cálculo de la reserva para pérdidas y contingencias

La reserva corresponde al 10 % de la utilidad bruta:

4,500,000 \times 0.10 = 450,000 , CUP

Paso 3: Determinación de la Utilidad neta imponible

Se descuenta la reserva de la utilidad bruta:

4,500,000 - 450,000 = 4,050,000 , CUP

Paso 4: Aplicación del tipo impositivo

El impuesto sobre utilidades se calcula aplicando el 35 % sobre la utilidad neta imponible:

4,050,000 \times 0.35 = 1,417,500 , CUP

Paso 5: Descuento de los pagos a cuenta

Se resta lo abonado trimestralmente durante el año en concepto de pago a cuenta de este impuesto:

1,417,500 - 950,000 = 467,500 , CUP

Resultado

La MIPYME deberá liquidar 467,500 CUP por concepto de Impuesto sobre Utilidades en la Declaración Jurada (DJ) correspondiente al período fiscal 2025, que debe presentarse hasta el 31 de marzo de 2026.

 Descarga de archivos relacionados

En el Portal Tributario de la ONAT puedes encontrar el modelo de la Declaración Jurada para la liquidación del impuesto sobre utilidades correspondiente al período 2025 así como instructivos respecto a ese impuesto, su cálculo y pago. Te compartimos el enlace para acceder a ese sitio oficial:

PORTAL TRIBUTARIO DE LA ONAT

 

 

 

sábado, 7 de febrero de 2026

Novedades del Anteproyecto de la nueva Ley de la Vivienda en Cuba

 El Ministerio de la Construcción ha dado a conocer el Anteproyecto de la Ley de la Vivienda, un documento que introduce cambios significativos en la regulación de la propiedad, el acceso y la gestión de viviendas en el país.

Entre las principales novedades destacan:

  • Se permite a las personas naturales (tanto cubanas como extranjeras residentes en Cuba) tener hasta tres viviendas en propiedad, entre ellas una vivienda de descanso o veraneo y una de residencia familiar. El estatus o condición de cada vivienda lo decide el titular y se hace constar en el título.
  • La vivienda declarada como residencia familiar, será inembargable, mientras que las otras pueden ser objeto de hipoteca u otro gravamen legal.
  • Se incorporan nuevos conceptos como vivienda social, hotelera, evolutiva, refugio, familiar y productiva.
  • Se reconoce la figura de la Cooperativa de Viviendas, que agrupa a personas para proyectar, ejecutar y conservar inmuebles con recursos propios.
  • Se definen categorías de población: protegida (sectores claves), priorizada (jóvenes, familias numerosas, méritos excepcionales) y en situación de vulnerabilidad (personas en riesgo por edad, enfermedad, discapacidad o violencia).
  • Se autoriza el financiamiento hipotecario sobre viviendas que no sean de residencia familiar.
  • Se amplían las formas de acceso a la vivienda: construcción, compraventa, donación, permuta, herencia, legado, usufructo, habitación, comodato, arrendamiento, entre otros actos jurídicos.
  • Se regula la actividad inmobiliaria destinada a la construcción, venta, arrendamiento y gestión de inmuebles con fines habitacionales, comerciales y mixtos.
  • Se autoriza la trasmisión y la cesión, tanto gratuita como onerosa, de derechos sobre solares yermos y azoteas, directamente ante Notario.
  • Se autoriza la transmisión de propiedad entre personas naturales y jurídicas.
  • Se autoriza la trasmisión de las viviendas de descanso o veraneo, eliminándose la distinción que al respecto existe con las de residencia permanente.
  • Se prevé que el precio de compraventa de viviendas pueda pagarse mediante títulos de crédito u otras modalidades de pago.
  • La base imponible para el pago de tributos asociados a la propiedad y trasmisión de las viviendas será el valor catastral de las mismas.
  • Se reconoce la permuta de viviendas con otros bienes y derechos.
  • Se elimina el procedimiento de confiscación y reconocimiento de derecho sobre las viviendas en casos de migración de sus titulares.
  • Se permite la trasmisión de viviendas declaradas en ruinas para la recuperación de su valor.
  • Se establece la posibilidad de subarrendamiento de viviendas con autorización del titular.
  • Se prevé la extracción forzosa de ocupantes ilegales para todos los casos de ocupación ilegal, sin necesidad de descuentos previos.
  • Se incorpora el concepto de propiedad horizontal para los edificios multifamiliares.
  • Las entidades económicas no estatales podrán construir o adquirir viviendas para estabilizar y asegurar su fuerza de trabajo.

Este anteproyecto marca un paso importante hacia la modernización del marco legal de la vivienda en Cuba, incorporando o ampliando derechos, modalidades de gestión y mecanismos de acceso.

Una vez terminado el proceso de consulta ciudadana e institucional de este anteproyecto, la Asamblea Nacional debe discutirlo y aprobarlo para que se convierta en ley.

👉 Te invito a consultar y descargar el texto completo del anteproyecto directamente en el sitio oficial del Ministerio de la Construcción aquí.

¿Qué opinas sobre las nuevas regulaciones propuestas? Déjanos tu comentario.

 

viernes, 6 de febrero de 2026

Reservas Voluntarias en las MIPYMES privadas en Cuba

 El Decreto-Ley 88/2024, en su artículo 94.3, establece que “los socios pueden crear las reservas voluntarias que determinen para el logro de sus fines”. Esta disposición abre un espacio estratégico para que las MIPYMES privadas en Cuba fortalezcan su gestión financiera y se preparen para enfrentar retos futuros.

¿Qué son las reservas voluntarias?

Las reservas voluntarias son fondos que los socios deciden apartar de las utilidades netas de la empresa (es decir, después de pagar impuestos y cumplir con las obligaciones legales). No son obligatorias por ley, sino una decisión autónoma de la empresa, pensada para apoyar objetivos específicos, garantizar estabilidad y fomentar el crecimiento.

¿Cómo se crean?

La creación de reservas voluntarias sigue un procedimiento formal:

  • En sociedades con varios socios: se acuerda en la Junta de Socios, durante la sesión ordinaria anual en la que se decide la aplicación de los resultados del ejercicio económico.
  • En las Sociedades Unipersonales de Responsabilidad Limitada (SURL): la decisión corresponde al socio único, quien determina cómo se aplican las utilidades.

En ambos casos, la clave es que las reservas se constituyen a partir de las utilidades después de impuestos, lo que garantiza que no afecten las obligaciones fiscales ni legales de la empresa.

Ejemplos de reservas voluntarias

Cada empresa puede diseñar sus reservas según sus necesidades y visión estratégica. Algunos ejemplos útiles para las MIPYMES cubanas son:

  • Reserva para reinversión tecnológica: destinada a la compra de equipos informáticos, software o herramientas digitales que mejoren la productividad.
  • Reserva para expansión comercial: fondos para abrir nuevas sucursales, explorar mercados internacionales o invertir en campañas de marketing.
  • Reserva para capacitación del personal: inversión en cursos, talleres y formación continua que eleven la calidad del servicio y la competitividad.
  • Reserva para innovación y desarrollo: apoyo a proyectos creativos, prototipos o mejoras en productos y servicios.
  • Reserva para responsabilidad social: fondo para financiar acciones de responsabilidad social.

Conclusión

Las reservas voluntarias son una herramienta flexible y poderosa para las MIPYMES privadas en Cuba. Más allá de cumplir con la normativa, permiten a los socios planificar con visión de futuro, proteger la estabilidad de la empresa y apostar por su crecimiento sostenible.

miércoles, 4 de febrero de 2026

La Reserva Obligatoria para Pérdidas y Contingencias en las MIPYMES en Cuba

 En el camino empresarial, la previsión es tan importante como la innovación. Por eso, la Resolución 306 de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios establece disposiciones específicas para que las MIPYMES en Cuba constituyan y mantengan una Reserva para Pérdidas y Contingencias. Este mecanismo no es un simple requisito contable: es una herramienta de protección financiera que asegura la estabilidad de las empresas frente a imprevistos.

¿Qué es la Reserva para Pérdidas y Contingencias?

Es un fondo obligatorio que las MIPYMES deben crear y mantener cada año, destinado a cubrir pérdidas económicas o gastos extraordinarios que puedan surgir durante el ejercicio fiscal. Su objetivo es garantizar que la empresa tenga un respaldo financiero para enfrentar situaciones adversas sin comprometer su continuidad.

Cómo se constituye

  • Se conforma con un mínimo del 2 % y hasta un máximo del 10 % de los gastos totales anuales.
  • Cada año se nutre con el 10 % de las utilidades reales obtenidas al cierre del ejercicio económico.

Flexibilidad para empresas aseguradas

Las MIPYMES que tengan sus activos asegurados pueden:

  • Reducir la constitución de la reserva hasta el 70 % de lo establecido.
  • O decidir no incrementarla ese año.

Esto incentiva la contratación de seguros como estrategia de gestión de riesgos.

Uso de la reserva

Los recursos acumulados pueden emplearse para:

  • Resarcir pérdidas reflejadas en los resultados económico-financieros al cierre del ejercicio.
  • Cubrir gastos por pérdidas que se generen durante el ejercicio fiscal.

Exceso de la reserva

Si al cierre del ejercicio la reserva supera los límites establecidos (2–10 % de los gastos anuales):

  • Se reduce en la magnitud del exceso.
  • La reducción se contabiliza como ingreso del período fiscal.

En caso de liquidación de la MIPYME

Cuando una empresa se disuelve:

  • La reserva, después de pagar el Impuesto sobre Utilidades y cumplir otras obligaciones legales,

 Ejemplo práctico

Datos de la MIPYME (hipotéticos)

  • Gastos totales anuales: 1,000,000 CUP
  • Utilidades reales al cierre del ejercicio: 200,000 CUP

Paso 1: Constitución de la reserva

·        La norma exige que la reserva esté entre 2 % y 10 % de los gastos anuales.

    • Mínimo: 2 % de 1,000,000 = 20,000 CUP
    • Máximo: 10 % de 1,000,000 = 100,000 CUP

·        Cada año se nutre con el 10 % de las utilidades reales:

    • 10 % de 200,000 = 20,000 CUP

Por tanto, al cierre del ejercicio, la empresa debe añadir 20,000 CUP a la reserva.

Paso 2: Verificación de límites

Supongamos que la empresa ya tenía acumulados 90,000 CUP en la reserva.

  • Con el nuevo aporte de 20,000 CUP, el total sería 110,000 CUP.
  • Pero el límite máximo permitido es 100,000 CUP (10 % de los gastos).

Paso 3: Ajuste por exceso

  • El exceso es: 110,000 – 100,000 = 10,000 CUP.
  • Ese exceso debe disminuirse de la reserva y contabilizarse como ingreso del período fiscal.

Nota final

La Reserva para Pérdidas y Contingencias no es solo una obligación legal: es un colchón financiero que fortalece la resiliencia de las MIPYMES. Gestionarla con disciplina y visión estratégica permite a los emprendedores enfrentar la incertidumbre con mayor seguridad, protegiendo tanto el patrimonio empresarial como el esfuerzo colectivo de sus socios.

Filial, Sucursal y Oficina de Representación: ¿en qué se diferencian?

  Cuando una empresa extranjera decide establecerse en Cuba, puede hacerlo de distintas formas. Aunque a veces se confunden, filial, sucursa...